top of page
Un motorista, en el paseo marítimo en abril. (L. VENTURA)

Un motorista, en el paseo marítimo en abril. (L. VENTURA)

Un motorista recibirá 6.700 euros tras sufrir un accidente en el Paseo Marítimo

La sentencia aprecia una «concurrencia de culpas», por lo que
rebaja la cuantía solicitada por el demandante

01/05/2026 / Carreño

NADIA HEVIA (Candás)

 

El juzgado número 1 de lo contencioso administrativo de Gijón ha condenado al Ayuntamiento de Carreño a pagar una indemnización de 6.738 euros a un motorista que sufrió un accidente en el Paseo Marítimo. También fija una cuantía de 1.890 euros para el padre del accidentado y que era el propietario de la motocicleta. La «concurrencia de culpas» del afectado y de la administración pública han hecho que la cantidad económica final se haya visto reducida en un 50% sobre el importe solicitado inicialmente y será el seguro municipal el que haga frente al pago.

 

Los hechos ocurrieron en julio de 2023, cuando el demandante circulaba en dirección a Perán. En un tramo recto, «cayó al pasar por una zona de bacheado de la carretera, con ausencia de adoquines que provocan un socavón, haciendo que perdiera el equilibrio», recoge el fallo de la jueza. Las lesiones provocadas al motorista y los daños sufridos por el vehículo fueron reclamadas al Ayuntamiento, quien desestimó la solicitud «por silencio administrativo», pasando el incidente a un procedimiento judicial.

 

Mientras que la parte demandada entendía que la culpa del siniestro la tuvo el conductor de la moto «por imprudencia, conducción desatenta y posible exceso de velocidad». El informe de la Policía Local, que se personó en el lugar del accidente, recoge que, tanto el conductor como un testigo, coincidieron en relatar una pérdida de control de la motocicleta «que se habría debido al adelantar a un autobús, introduciéndose en la zona donde había unos baches».


Las fotografías aportadas al procedimiento judicial reflejan la existencia de «una extensión amplia de adoquinado en mal estado, ocasionando dos hundimientos profundos».

Una circunstancia que, según la sentencia, deja «claramente probado el nexo causal entre la situación deficiente de la vía, el accidente y sus consecuencias», de ahí la responsabilidad patrimonial que se le otorga al Ayuntamiento. 

 

No obstante, la jueza describe que los hechos se produjeron en «un tramo recto y llano, con climatología despejada e iluminación diurna, con una velocidad máxima permitida de 30 kilómetros/hora».

 

Además, el hecho de que la moto estuviera adelantando, así como la distancia a los baches a la que quedó tras el accidente, «acreditan cierta velocidad en la maniobra de adelantamiento y justifican la presencia de cierta culpa por parte del demandante».

 

«FÁCILMENTE VISIBLE»

En ese sentido, la sentencia habla de un «falta de adecuada atención» ya que el bache había sido advertido por señal vertical y es «fácilmente visible por sus dimensiones».

 

Por ello, entiende que el motociclista debería de «haberlo tenido en cuenta a la hora de escoger el lugar por el que orientaba su marcha y decidir adelantar a un autobús». Considera que el límite de velocidad establecido en la vía «permitía reaccionar a tiempo».

 

Por ello, la jueza aprecia una «concurrencia de culpas», moderando el importe de la indemnización tanto por las lesiones sufridas por el motorista (dolor en la rótula y en el tendón rotuliano), por los que solicitaba 13.477 euros, como por los daños del vehículo.

 

En este caso, el fallo dicta que el importe reclamado (5.418) supera el valor de la motocicleta en el mercado. Finalmente, el Consistorio, a través del seguro, deberá abonar al accidentado 6.738 euros por los daños físicos y, 1.890, por los ocasionados a la moto. 

La palabra de Peñas

¿Sabe de algún acto en la Comarca y quiere que lo publiquemos? ¿Tiene alguna queja, inquietud o sugerencia?

EL FARO

DE GOZÓN Y CARREÑO

Sede Social:

Plaza La Baragaña, 6

33430 Candás

Carreño (Asturias)

Teléfono: 985 87 25 48

Móvil: 687 979 619

e-Mail: elfaro@elfaro.as

 

DEPÓSITO LEGAL:

AS-2082-2015

 

Páxines n'asturianu espublizaes cola ayuda de la Conseyería de Cultura del Principáu d'Asturies

© 2005-2026 por VENTURA Y EL FARO S.L. • Prohibida su reproducción total o parcial, aún citando su procedencia, salvo permiso expreso.

bottom of page