Calle Ángel Rendueles, donde se produjo la incidencia. (S. V.)
El TSJA rechaza las demandas que se oponen a la aprobación del PGO en Perlora y Aboño
«Creo que las cosas van por
buen camino para cerrar este capítulo larguísimo», valora el secretario municipal
29/12/2023 / Carreño
LORENA VENTURA (Candás)
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) falló a favor de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA) y del Ayuntamiento de Carreño respecto a varias demandas que se oponen a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación (PGO) en los ámbitos de Perlora y Aboño.
Desde el Ayuntamiento se muestran optimistas, a pesar de que cabe posibilidad de recurso y que la justicia aún tiene que decidir en otros procesos judiciales sobre el polémico plan. «Creo que las cosas van por buen camino para cerrar este capítulo larguísimo del PGO y, a partir de ahí, podamos seguir», aseveró el secretario municipal en uno de los últimos Plenos celebrados. Cabe recordar que el PGO se aprobó en diciembre de 2011, pero no fue hasta una década después cuando la CUOTA dio luz verde a las dos zonas conflictivas. El documento sustituye al planeamiento de 1995.
Buena parte de las demandas se asentaron en la idea de que se trata de «un plan de nuevo cuño». Sin embargo, para la jueza «estamos ante un único procedimiento jalonado de trámites», no exento de «dos incidencias jurídicas relevantes». Una de ellas fue que los ámbitos de Perlora y Aboño pasaron otra vez por información pública en 2012 al haber «modificaciones sustanciales». Por otro lado, una sentencia del TSJA de diciembre de 2014 invalidó la calificación de varios solares.
Entre otros aspectos, los demandantes consideran que la tramitación seguida se aparta de la «buena administración», argumento que no es dado por válido al no justificarse lo suficiente. No obstante, puntualiza la sentencia, la demora de una década «no es lo deseable».
Sobre plano, los cambios relevantes que señalan los recursos son, por ejemplo, que finalmente sólo hay dos tipos de calificaciones: Suelo Urbano Consolidado (parcela mínima de 500 metros cuadrados) y Suelo Urbano no Consolidado (once Unidades de Actuación). También que el aumento al doble de la densidad de viviendas por hectárea sin que lo justifique el crecimiento demográfico del concejo (la población de Carreño ha vuelto a descender: de 10.226 habitantes en 2022 a 10.177 en 2023). «Que se concentre o densifique la edificabilidad no quiere decir que aumente la misma», indica el TSJA, ya que la superficie edificable global de las Unidades de Actuación de Perlora se ha reducido de 70.299 metros cuadrados a 59.636.
Tanto el informe del arquitecto de la CUOTA como otro firmado por un técnico municipal afirman que dichos cambios «no afectan al modelo territorial propuesto», ya que apenas representan el 0,45% del concejo. Un tercer documento pericial remarca que mientras que el PGO estima un máximo de 400 viviendas (251 con la parcelación diseñada), las anteriores Normas Subsidiarias permitían 576. «Una cosa es que los cambios no gusten y otra muy distinta que tales cambios objetivamente encierren mutaciones sustanciales», señala la sentencia. Además, el TSJA descarta someter la nueva ordenación a evaluación ambiental estratégica y considera que el estudio económico-financiero y el informe de sostenibilidad tienen acreditada existencia, publicidad, suficiencia, adecuación y actualidad.
La jueza admite «puntualísimos errores» en los cálculos del aprovechamiento medio, pero no invalidan el documento urbanístico.
Viviendas unifamiliares de Perlora. (E. F.)
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